Art. 2
En vigor desde 26 jun 2017
Artículo 2
1. La posición de la Unión conforme se establece en el artículo 1, apartado 1, deberá ser expresada por los Estados miembros, los cuales actuarán conjuntamente en interés de la Unión.
2. La posición de la Unión conforme se establece en el artículo 1, apartado 2, deberá ser expresada por estos Estados miembros que son miembros de la CCNR, los cuales actuarán conjuntamente en interés de la Unión.
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