Art. 14
Revisión
En vigor desde 17 feb 2017
Artículo 14
Revisión
Se revisarán periódicamente la aplicación de la presente Decisión y su coherencia con las demás contribuciones de la Unión a la región. El REUE presentará al Consejo, a la Alta Representante y a la Comisión un informe de situación a más tardar el 30 de septiembre de 2017 y un informe global sobre la ejecución de su mandato a más tardar el 31 de marzo de 2018.
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