Art. 1
En vigor desde 10 ene 2017
Artículo 1
La ayuda estatal que Francia tiene previsto ejecutar en favor del grupo Areva por un importe de 4 500 millones EUR es compatible con el mercado interior, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en las condiciones previstas en el artículo 2 de la presente Decisión.
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