Art. 2

En vigor desde 14 oct 2016
Artículo 2 La Comisión acepta las tablas de equivalencias entre las categorías de los permisos de conducción expedidos en los Estados miembros antes de la aplicación de la Directiva 2006/126/CE y las categorías de permisos de conducción armonizadas definidas en el artículo 4 de la misma Directiva, tal como figuran en el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2016:1945:oj#art-2

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