Art. 4
Entrada en vigor y fecha de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1259/2010 en Estonia
En vigor desde 10 ago 2016
Artículo 4
Entrada en vigor y fecha de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1259/2010 en Estonia
El Reglamento (UE) n.o 1259/2010 entrará en vigor en Estonia el día siguiente al de la publicación de la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El Reglamento (UE) n.o 1259/2010 se aplicará a Estonia a partir del 11 de febrero de 2018.
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