Art. 1
En vigor desde 4 may 2016
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2007/453/CE queda modificado como sigue:
1)
se suprime la entrada «— Francia» en la parte «A. Países o regiones con un riesgo insignificante de EEB»;
2)
se incluye la entrada «— Francia» en la parte «B. Países o regiones con un riesgo controlado de EEB», después de «— España» y antes de «— Lituania».
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