Art. 1
Actividades de normalización solicitadas
En vigor desde 12 feb 2016
Artículo 1
Actividades de normalización solicitadas
Se solicita al Comité Europeo de Normalización (CEN), al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) y al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicación (ETSI), en lo sucesivo denominados los OEN (organismos europeos de normalización) que elaboren nuevas normas europeas y documentos europeos de normalización en apoyo de la aplicación del artículo 8 de la Directiva 2010/40/UE en lo que se refiere a la información multimodal, la gestión del tráfico y la logística urbana en el ámbito de los STI urbanos. Las normas europeas y los documentos europeos de normalización solicitados, enumerados en los cuadros 1, 2, 3 y 4 del anexo II, deberán cumplir los requisitos establecidos en el anexo I.
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