Art. 5
En vigor desde 15 dic 2015
Artículo 5
Las partes que figuran en el cuadro 4 están siendo examinadas con arreglo al artículo 6 del Reglamento (CE) no 88/97.
La suspensión del pago del derecho antidumping ampliado con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 88/97 será efectiva a partir de las fechas de recepción de las solicitudes de las partes. Estas fechas se indican en la columna «Fecha en la que surte efecto la exención».
Estas suspensiones se aplicarán solo a las partes que están siendo examinadas y que se mencionan expresamente en el cuadro 4 con sus nombres y direcciones.
Estas partes notificarán inmediatamente a la Comisión cualquier cambio de nombre o dirección, facilitando toda la información correspondiente, en particular cualquier modificación de sus actividades relacionadas con las operaciones de montaje desde el punto de vista de las condiciones de suspensión.
Cuadro 4
Partes que están siendo examinadas
Nombre
Dirección
País
Suspensión con arreglo al Reglamento (CE) no 88/97
Fecha en la que surte efecto la exención
Código TARIC adicional
In Cycles — Montagem e Comércio de Bicicletas Lda
Zona Industrial De Barrô Norte/Sul, No 976, Fracçao A/B e D, AP. 52, 3750-353 Barrô — Águeda
Portugal
Artículo 5
2.5.2014
B960
PANEX DINAMIC d.o.o.
Dr. Tome Bratkoviča 1, 40000 Čakovec
Croacia
Artículo 5
13.8.2014
B963
CICLI EUROPA s.r.l.
34 Via portella Bifuto, 93017 San Cataldo (CL)
Italia
Artículo 5
10.9.2014
C001
OLYMPIQUE SARL
ZA Les Epalits, 42610 Saint-Romain-le-Puy
Francia
Artículo 5
28.10.2014
C002
Interbike Spólka z o.o.
ul. Śląska 6/5, 42-200 Częstochowa
Polonia
Artículo 5
18.12.2014
C003
Kuisle & Kuisle GmbH
Füssener Straße 22 a, 87675 Stötten
Alemania
Artículo 5
17.2.2015
C021
CycleSport North Ltd
363 Leach Place, Walton Summit Center, Preston, PR5 8AS
Reino Unido
Artículo 5
27.4.2015
C049
Firma Handlowo-Usługowo-Produkcyjna «Trans-Rower» Roman Tylec
Dąbie 47, 39-311 Zdziarzec
Polonia
Artículo 5
1.7.2015
C053
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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