Art. 3

Condiciones generales de certificación para la importación de animales vivos y productos de origen animal

En vigor desde 20 oct 2015
Artículo 3 Condiciones generales de certificación para la importación de animales vivos y productos de origen animal Las declaraciones de sanidad animal y de salud pública pueden combinarse en un único certificado sanitario también en los casos en los que la equivalencia haya sido determinada solo para las medidas de salud pública o solo para las de sanidad animal.
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