Art. 3

En vigor desde 5 oct 2015
Artículo 3 Sin perjuicio de las disposiciones y de las condiciones enunciadas en el anexo, la Comisión está facultada para aprobar en nombre de la Unión las modificaciones aportadas al Protocolo por la Comisión mixta,
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eli:dec:2015:1893:oj#art-3

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