Art. 34

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 23 jun 2015
Artículo 34 Entrada en vigor y aplicación La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. La presente Decisión será aplicable a cualquier nueva comisión de servicio o renovación o prórroga de una comisión de servicio, a partir del primer día del mes siguiente al que surta efecto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2015:1027:oj#art-34

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil