Art. 2

En vigor desde 9 dic 2014
Artículo 2 Los textos del Convenio de arbitraje y del Protocolo de 25 de mayo de 1999, junto con los de los Convenios de 21 de diciembre de 1995 y de 8 de diciembre de 2004, redactados en lengua croata serán auténticos en las mismas condiciones que las demás versiones lingüísticas de dichos textos.
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eli:dec:2014:899:oj#art-2

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