Art. 25

Disposiciones transitorias

En vigor desde 13 nov 2014
Artículo 25 Disposiciones transitorias 1.   Las alertas de exclusión registradas de conformidad con la Decisión 2008/969/CE, Euratom permanecerán activas hasta el final de su duración de conformidad con dicha Decisión. 2.   Las alertas W1, W2 y W3b registradas con arreglo a la Decisión 2008/969/CE, Euratom se considerarán como alertas de verificación en virtud de la presente Decisión. 3.   Las alertas W3a y W4 se seguirán registrando hasta el 1 de julio de 2015, con arreglo a las condiciones establecidas en la Decisión 2008/969/CE, Euratom. Para la aplicación de la sección 4 de la presente Decisión, las alertas W3a y W4 se considerarán como alertas de verificación en virtud de la presente Decisión. La Decisión 2008/969/CE, Euratom seguirá siendo aplicable a las alertas W5b hasta el 1 de julio de 2015.
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