Art. 2
En vigor desde 1 oct 2014
Artículo 2
1. Las aportaciones de capital que Italia acordó para el aeropuerto de Alghero constituyen ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado. La ayuda estatal fue concedida por Italia infringiendo el artículo 108, apartado 3, del Tratado.
2. La ayuda estatal citada en el apartado 1 es compatible con el mercado interior a tenor del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado.
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