Art. 2
En vigor desde 23 jun 2014
Artículo 2
A los efectos de la presente Decisión, se entenderá por:
1)
«colchón para cuna», un colchón cuya longitud sea inferior a 1 400 mm;
2)
«sustancia eliminable», una sustancia que presenta el 80 % de degradación del carbono orgánico disuelto en un plazo de 28 días con la utilización de alguno de los siguientes métodos de prueba: OCDE 303A/B o ISO 11733;
3)
«sustancia biodegradable intrínsecamente», una sustancia que presenta un 70 % de degradación del carbono orgánico disuelto en un plazo de 28 días o un 60 % de agotamiento de oxígeno máximo teórico o de generación de dióxido de carbono en el plazo de 28 días mediante la utilización de alguno de los siguientes métodos de prueba: ISO 14593, OCDE 302 A, ISO 9887, OCDE 302 B, ISO 9888 y OCDE 302 C;
4)
«sustancia fácilmente biodegradable», una sustancia que presenta un 70 % de degradación del carbono orgánico disuelto en un plazo de 28 días o un 60 % de agotamiento de oxígeno máximo teórico o de generación de dióxido de carbono en el plazo de 28 días mediante la utilización de alguno de los siguientes métodos de prueba: OCDE 301 A, ISO 7827, OCDE 301 B, ISO 9439, OCDE 301 C, OCDE 301 D, ISO 10708, OCDE 301 E, OCDE 301 F e ISO 9408;
5)
«compuesto orgánico semivolátil (COSV)», cualquier compuesto orgánico eluido en una columna de cromatografía de gases entre n-hexadecano (excluido) y n-docosano (incluido) y con un punto de ebullición aproximadamente superior a 287 °C, donde la medición se lleva a cabo con una columna capilar recubierta con el 5 % de fenilo/95 % de metilpolisiloxano;
6)
«compuesto orgánico muy volátil (COMV)», cualquier compuesto orgánico eluido en una columna de cromatografía de gases entre n-hexano y con un punto de ebullición aproximadamente inferior a 68 °C, donde la medición se lleva a cabo con una columna capilar recubierta con el 5 % de fenilo/95 % de metilpolisiloxano;
7)
«compuesto orgánico volátil (COV)», cualquier compuesto orgánico eluido en una columna de cromatografía de gases entre n-hexano y n-hexadecano con un punto de ebullición dentro del rango aproximado de entre 68 °C y 287 °C, donde la medición se lleva a cabo con una columna capilar recubierta con el 5 % de fenilo/95 % de metilpolisiloxano.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2014:391:oj#art-2