Art. 1

Garantía de la UE

En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 1 Garantía de la UE 1.   La Unión concederá al Banco Europeo de Inversiones (BEI) una garantía presupuestaria para las operaciones de financiación realizadas fuera de la Unión («garantía de la UE»). La garantía de la UE se concederá como garantía global respecto de los pagos debidos al BEI, pero no recibidos por este, como consecuencia de préstamos, garantías de préstamos e instrumentos de deuda del mercado de capitales que sean concedidos o emitidos en favor de proyectos de inversión del BEI elegibles de conformidad con el apartado 2. 2.   Podrán optar a la garantía de la UE los préstamos, garantías de préstamos e instrumentos de deuda del mercado de capitales que sean concedidos o emitidos por el BEI en favor de proyectos de inversión realizados en países elegibles, de conformidad con el reglamento interno del BEI, incluida la declaración del BEI sobre principios y normas sociales y medioambientales, y en apoyo de los objetivos de la política exterior de la Unión, cuando la financiación del BEI se haya concedido en virtud de un acuerdo firmado que no haya expirado ni haya sido cancelado («operaciones de financiación del BEI»). 3.   Las operaciones de financiación del BEI en apoyo de las políticas exteriores de la Unión se deberán seguir gestionando de conformidad con los principios de buena práctica bancaria. 4.   La garantía de la UE se limitará al 65 % del importe total desembolsado y garantizado en el marco de operaciones de financiación del BEI, menos los importes reembolsados, más todos los importes conexos. 5.   La garantía de la UE cubrirá las operaciones de financiación del BEI firmadas durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020. 6.   Si, al expirar el período mencionado en el apartado 5, el Parlamento Europeo y el Consejo no hubieran adoptado una decisión por la que se conceda una nueva garantía de la UE al BEI que cubra las pérdidas de sus operaciones de financiación fuera de la Unión, ese período se prorrogará automáticamente una vez por seis meses.
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