Art. 1
En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, por otra, por lo que respecta a su artículo 49, apartado 3 (2).
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