Art. 2
En vigor desde 20 mar 2014
Artículo 2
El reaseguro de exceso de pérdida del 74,15 % facilitado por SACE a SACE BT el 5 de junio de 2009 contiene un elemento de ayuda ejecutado en infracción del artículo 108, apartado 3, del Tratado y que no es compatible con el mercado interior.
El elemento de ayuda contenido en la medida corresponde a la diferencia entre la comisión de reaseguro que una reaseguradora privada habría aplicado por una proporción tan elevada de cobertura de reaseguro y la comisión aplicada a SACE BT. De acuerdo con su práctica decisoria (160), la Comisión considera que la comisión relativa a una proporción tan elevada de cobertura de reaseguro y de riesgo habría debido ser superior en un 10 %, como mínimo, a la aplicada por las reaseguradoras privadas a la menor proporción de cobertura de reaseguro y riesgo. Para el importe de 1,56 millones EUR pagados por SACE BT a SACE, la ayuda que debe recuperarse equivale a 156 000 EUR.
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