Art. 2
En vigor desde 19 mar 2014
Artículo 2
La designación del ácido (6S)-5-metiltetrahidrofólico, sal de glucosamina autorizado mediante la presente Decisión en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan será «ácido (6S)-5-metiltetrahidrofólico, sal de glucosamina» o «5MTHF-glucosamina».
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