Art. 4

Valoración técnica de las solicitudes

En vigor desde 10 mar 2014
Artículo 4 Valoración técnica de las solicitudes 1.   Si la Comisión llega a la conclusión de que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 2, apartado 2, y en el artículo 3, apartados 2 y 3, deberá designar a un organismo para que haga una valoración de las solicitudes. 2.   El organismo de valoración deberá verificar si: a) el contenido de la solicitud que recoge la propuesta de creación de una red cumple los requisitos establecidos en el anexo I de la presente Decisión; b) el contenido de las solicitudes de admisión se atiene a los requisitos del anexo II de la presente Decisión; c) la red propuesta satisface el requisito de prestar asistencia sanitaria altamente especializada contemplado en el punto 1, letra a), del anexo I de la Decisión Delegada 2014/286/UE; d) la red propuesta cumple los demás criterios y condiciones establecidos en el anexo I de la Decisión Delegada 2014/286/UE; e) el prestador de asistencia sanitaria cumple los demás criterios y condiciones establecidos en el anexo II de la Decisión Delegada 2014/286/UE. 3.   Solo se valorarán las solicitudes en relación con lo dispuesto en las letras d) y e) del apartado 2 si el organismo de valoración concluye que la propuesta satisface los requisitos indicados en las letras a), b) y c) de dicho apartado. 4.   El organismo de valoración elaborará informes de valoración sobre la solicitud de creación de una red y las solicitudes de admisión y enviará todos los informes a la Comisión. 5.   El organismo de valoración enviará a cada prestador de asistencia sanitaria solicitante el informe de valoración de la red propuesta y el informe relativo a su solicitud de admisión. El prestador de asistencia sanitaria podrá enviar sus observaciones al organismo de valoración en el plazo de dos meses a partir de la recepción de los informes. Una vez recibidas las observaciones, el organismo de valoración las integrará en sus informes de valoración e indicará si justifican un cambio en su valoración.
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