Art. 5

Criterios y condiciones aplicables a los candidatos a la adhesión a una red

En vigor desde 10 mar 2014
Artículo 5 Criterios y condiciones aplicables a los candidatos a la adhesión a una red Todos los solicitantes que deseen incorporarse a una red determinada deberán disponer de los conocimientos y la experiencia necesarios en lo que respecta a una enfermedad o afección que se halle dentro del ámbito de especialización de la red, o bien poder diagnosticarla o tratarla. Asimismo, deberán cumplir los criterios y requisitos establecidos en el anexo II.
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eli:dec_del:2014:286:oj#art-5

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