Art. 20
En vigor desde 17 ene 2014
Artículo 20
La Unión concede ayuda financiera al IFREMER, de La Tremblade, Francia, para el seguimiento de las enfermedades de los moluscos bivalvos.
En el período que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 dicha ayuda financiera no excederá de 200 000 EUR.
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