Art. 7
Disposiciones derogatorias y transitorias
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 7
Disposiciones derogatorias y transitorias
1. Queda derogada la Decisión 2008/37/CE con efectos a partir del 1 de enero de 2014. Las referencias a la Decisión derogada se entenderán hechas a la presente Decisión.
2. La Agencia será considerada sucesora legal de la agencia ejecutiva creada por la Decisión 2008/37/CE.
3. Sin perjuicio de la revisión de la clasificación de los funcionarios en comisión de servicios prevista por el acto de delegación, la presente Decisión no afectará a los derechos y obligaciones del personal empleado por la Agencia, incluido su Director.
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