Art. 42
Objetivos generales
En vigor desde 25 nov 2013
Artículo 42
Objetivos generales
Los objetivos generales de comercio y cooperación comercial ente la Unión y los PTU serán:
a)
promover el desarrollo económico y social de los PTU estableciendo relaciones económicas estrechas entre estos y el conjunto de la Unión;
b)
estimular la integración efectiva de los PTU en la economía regional y mundial y el desarrollo de los intercambios de bienes y servicios;
c)
apoyar a los PTU en la creación de climas de inversión favorables que propicien el desarrollo social y económico de los PTU;
d)
promover la estabilidad, la integridad y la transparencia del sistema financiero global y la buena gobernanza en materia fiscal;
e)
apoyar el proceso de diversificación de las economías de los PTU;
f)
apoyar la capacidad de los PTU para elaborar y aplicar las políticas necesarias para el desarrollo de su comercio de bienes y servicios;
g)
apoyar la capacidad comercial y de exportación de los PTU;
h)
apoyar el esfuerzo de los PTU para adaptar o lograr la convergencia de su legislación local con la legislación de la Unión, cuando proceda;
i)
crear posibilidades de cooperación y diálogo específicos con la Unión en materia de comercio y asuntos relacionados.
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