Art. 42 · Objetivos generales

Art. 42

Objetivos generales

En vigor desde 25 nov 2013
Artículo 42 Objetivos generales Los objetivos generales de comercio y cooperación comercial ente la Unión y los PTU serán: a) promover el desarrollo económico y social de los PTU estableciendo relaciones económicas estrechas entre estos y el conjunto de la Unión; b) estimular la integración efectiva de los PTU en la economía regional y mundial y el desarrollo de los intercambios de bienes y servicios; c) apoyar a los PTU en la creación de climas de inversión favorables que propicien el desarrollo social y económico de los PTU; d) promover la estabilidad, la integridad y la transparencia del sistema financiero global y la buena gobernanza en materia fiscal; e) apoyar el proceso de diversificación de las economías de los PTU; f) apoyar la capacidad de los PTU para elaborar y aplicar las políticas necesarias para el desarrollo de su comercio de bienes y servicios; g) apoyar la capacidad comercial y de exportación de los PTU; h) apoyar el esfuerzo de los PTU para adaptar o lograr la convergencia de su legislación local con la legislación de la Unión, cuando proceda; i) crear posibilidades de cooperación y diálogo específicos con la Unión en materia de comercio y asuntos relacionados.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2013:755:oj#art-42