Art. 3
En vigor desde 7 nov 2013
Artículo 3
En el anexo figuran los criterios para conceder la etiqueta ecológica de la UE con arreglo al Reglamento (CE) no 66/2010 a un producto perteneciente a la categoría «inodoros y urinarios de descarga», definida en el artículo 1 de la presente Decisión, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2013:641:oj#art-3