Art. 3
En vigor desde 22 oct 2013
Artículo 3
1. La Comisión, previa solicitud escrita de Rumanía, estudiará la activación de la ayuda financiera a medio plazo de carácter preventivo. La Comisión, previa consulta al Comité Económico y Financiero, decidirá si está justificada la activación de dicha ayuda y la solicitud de desembolsos en virtud de ella, y determinará el importe y el calendario de dichos desembolsos. En caso de que se active dicha ayuda financiera, los fondos podrán ponerse a disposición en un máximo de dos tramos. Cada tramo podrá dar lugar a uno o varios desembolsos.
2. Una vez activada la ayuda financiera a medio plazo de carácter preventivo, la Comisión decidirá el desembolso del préstamo de la Unión, o de partes del mismo, previo dictamen del Comité Económico y Financiero.
3. Cualquier desembolso dependerá de la ejecución satisfactoria del programa económico del Gobierno, que deberá incluirse en el Programa de Convergencia y en el Programa Nacional de Reforma.
Además, entre las condiciones específicas de política económica establecidas en el memorando de entendimiento deberán figurar las siguientes:
a)
la adopción de presupuestos y la ejecución de políticas en consonancia con la senda de saneamiento presupuestario derivada de las obligaciones impuestas a Rumanía en virtud del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, con vistas a alcanzar su objetivo presupuestario a medio plazo para 2015 y mantenerlo posteriormente;
b)
el mantenimiento íntegro de las medidas acordadas en el marco de los dos programas anteriores y la aplicación de todos los elementos restantes de las condiciones aún pendientes de cumplimiento;
c)
la prosecución del afianzamiento del marco de gobernanza de las finanzas públicas, también a través de la aplicación del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza, a fin de asegurar que el saneamiento presupuestario está bien arraigado. Se prestará especial atención al refuerzo de la planificación presupuestaria plurianual, a la aplicación de un sistema eficaz de control de los compromisos, a la mejora de la recaudación de impuestos y al perfeccionamiento del proceso de presupuestación del capital;
d)
la ejecución puntual de los planes de acción adoptados en respuesta a las conclusiones de las revisiones funcionales efectuadas por el Banco Mundial en 2010-2011 y el establecimiento de una unidad central de ejecución para mejorar la priorización de las políticas en toda la Administración Pública;
e)
la liquidación de los pagos atrasados y el refuerzo de los mecanismos de control presupuestario en el sector sanitario a través de la mejora de los procedimientos de información y seguimiento;
f)
la aplicación del plan estratégico de asistencia sanitaria, que prevé la racionalización de la estructura hospitalaria y el aumento de la autonomía de la atención primaria, con el fin de mejorar los resultados en el ámbito de la salud;
g)
la mejora de la gestión de la deuda pública con vistas a reducir los riesgos y a consolidar y ampliar la curva de rendimiento de las emisiones soberanas;
h)
la prosecución del afianzamiento del marco de resolución bancaria, la planificación de contingencias del Banco Central de Rumanía y la gobernanza societaria del Fondo de Garantía de Depósitos, así como la aplicación de medidas encaminadas a acelerar el proceso de depuración del balance de los bancos nacionales y la preservación de la disciplina crediticia en el sector bancario;
i)
la adaptación de la legislación sobre la Autoridad de Supervisión Financiera a las buenas prácticas internacionales para reforzar la supervisión del mercado financiero no bancario;
j)
la reestructuración de las empresas de propiedad estatal, incluidas las ventas de participaciones en su capital, y el refuerzo la gobernanza societaria de tales empresas;
k)
la prosecución de la aplicación de medidas tendentes a mejorar el entorno empresarial, en particular a través de la reducción de las cargas administrativas para las pequeñas y medianas empresas, y de medidas que faciliten el acceso de esas empresas a la financiación.
4. Si la financiación del préstamo lo requiere, se permitirá la utilización prudente de swaps de tipo de interés con contrapartes de la máxima calidad crediticia. La Comisión informará al Comité Económico y Financiero de la posible refinanciación de los empréstitos o reestructuración de las condiciones financieras.
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