Art. 1
En vigor desde 17 jul 2013
Artículo 1
La ayuda estatal que la República Eslovaca tiene previsto ejecutar para la construcción de la terminal en Žilina-Teplička consistente en una ayuda de inversión inicial de 25,04 millones EUR es compatible con el mercado interior a tenor del artículo 93 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Por consiguiente, se autoriza la ejecución de dicha ayuda de 25,04 millones EUR.
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