Art. 1

Misión

En vigor desde 3 jul 2013
Artículo 1 Misión 1.   La Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos, denominada en lo sucesivo EUPOL COPPS, establecida mediante la Acción Común 2005/797/PESC, continuará a partir del 1 de julio de 2013. 2.   La EUPOL COPPS realizará sus actividades de conformidad con la relación de tareas enunciada en el artículo 2.
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