Art. 2
Objetivos
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 2
Objetivos
De conformidad con el objetivo que le asigna el artículo 15, apartado 2, de la Directiva 2011/24/UE, la red de ETS se basará en la experiencia acumulada en anteriores actuaciones de ETS, con el apoyo de la Unión y garantizando las sinergias pertinentes con otras acciones en curso.
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