Art. 10

En vigor desde 17 jun 2013
Artículo 10 El artículo 4 de la Decisión 2009/578/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 4 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "servicios de alojamiento turístico", así como los requisitos correspondientes de evaluación y comprobación, serán válidos hasta el 30 de noviembre de 2015.».
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eli:dec:2013:295:oj#art-10

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