Art. 1
En vigor desde 10 jun 2013
Artículo 1
Se autoriza a la Comisión a negociar, en nombre de la Unión Europea y en los asuntos que sean competencia de la Unión, un Convenio internacional del Consejo de Europa para combatir la manipulación de los resultados deportivos, con la excepción de los asuntos relacionados con la cooperación en materia penal y la cooperación policial, con arreglo a las directrices de negociación que figuran en el anexo de la presente Decisión.
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