Art. 3
Funciones
En vigor desde 22 may 2013
Artículo 3
Funciones
1. A fin de cumplir los objetivos fijados en el artículo 2, la EUBAM Libia:
a)
mediante la formación y la tutoría, apoyará a las autoridades libias en el refuerzo de los servicios fronterizos de acuerdo con las normas internacionales y las prácticas más adecuadas;
b)
asesorará a las autoridades libias sobre el desarrollo de una estrategia nacional libia de gestión integrada de las fronteras;
c)
apoyará a las autoridades libias en el refuerzo de sus capacidades operativas institucionales.
2. La EUBAM Libia no desempeñará función ejecutiva alguna.
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