Art. 3

Funciones

En vigor desde 22 may 2013
Artículo 3 Funciones 1.   A fin de cumplir los objetivos fijados en el artículo 2, la EUBAM Libia: a) mediante la formación y la tutoría, apoyará a las autoridades libias en el refuerzo de los servicios fronterizos de acuerdo con las normas internacionales y las prácticas más adecuadas; b) asesorará a las autoridades libias sobre el desarrollo de una estrategia nacional libia de gestión integrada de las fronteras; c) apoyará a las autoridades libias en el refuerzo de sus capacidades operativas institucionales. 2.   La EUBAM Libia no desempeñará función ejecutiva alguna.
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eli:dec:2013:233(1):oj#art-3

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