Art. 2

Misión

En vigor desde 22 abr 2013
Artículo 2 Misión La EESD impartirá formación en el ámbito de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) de la Unión, en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), en el nivel estratégico, con objeto de desarrollar y fomentar entre el personal civil y militar una comprensión común de la PCSD y de distinguir y difundir, entre sus actividades de formación («actividades de la EESD»), las mejores prácticas en relación con los diversos temas de la PCSD.
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