Art. 1

En vigor desde 26 feb 2013
Artículo 1 El Manual Sirene y las demás medidas de ejecución para el Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) se establecen en el anexo y los apéndices. Serán aplicables al personal que interviene en las operaciones Sirene, así como a todos los usuarios del SIS II.
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