Art. 2

Composición

En vigor desde 11 ene 2013
Artículo 2 Composición 1.   Los miembros del Comité serán los siguientes: — los representantes de todos los Estados miembros, y — los representantes de los terceros Estados que participan en la misión como contribuyentes. 2.   Podrá asimismo asistir a las reuniones del Comité un representante de la Comisión Europea.
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