Art. 2
Composición
En vigor desde 11 ene 2013
Artículo 2
Composición
1. Los miembros del Comité serán los siguientes:
—
los representantes de todos los Estados miembros, y
—
los representantes de los terceros Estados que participan en la misión como contribuyentes.
2. Podrá asimismo asistir a las reuniones del Comité un representante de la Comisión Europea.
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