Art. 5

Estatus de los sucesos de la aviación civil relacionados con las recomendaciones de seguridad

En vigor desde 5 dic 2012
Artículo 5 Estatus de los sucesos de la aviación civil relacionados con las recomendaciones de seguridad El acceso a los sucesos de la aviación civil relacionados con las recomendaciones de seguridad que se menciona en el artículo 1 se define en el Reglamento (CE) no 1321/2007 de la Comisión, de 12 de noviembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación para la integración en un depósito central de la información sobre sucesos de la aviación civil intercambiada de conformidad con la Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), y en el Reglamento (CE) no 1330/2007 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación para la difusión a las partes interesadas de la información sobre sucesos de la aviación civil a que se refiere el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3).
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