Art. 1
En vigor desde 13 ago 2012
Artículo 1
1. De conformidad con el artículo 60, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1224/2009, quedan aprobados los planes de muestreo de Alemania, Irlanda, Lituania, Polonia, Finlandia y el Reino Unido para el pesaje de los productos de la pesca.
2. De conformidad con el artículo 60, apartado 3, leído en relación con el artículo 60, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1224/2009, quedan aprobados los planes de muestreo de Alemania, Irlanda, Lituania, los Países Bajos y el Reino Unido para el pesaje de los productos de la pesca a bordo de los buques de pesca.
3. De conformidad con el artículo 61, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1224/2009, quedan aprobados los planes de control de Alemania, Estonia, Irlanda, Polonia, Finlandia y el Reino Unido para el pesaje de los productos de la pesca después del transporte a un destino situado en el territorio del Estado miembro de que se trate.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2012:474:oj#art-1