Art. 3

En vigor desde 12 jul 2012
Artículo 3 Para obtener la etiqueta ecológica de la UE en virtud del Reglamento (CE) no 66/2010, el papel prensa deberá pertenecer a la categoría de productos «papel prensa», definida en el artículo 1 de la presente Decisión, y cumplir los criterios y los correspondientes requisitos de evaluación y verificación establecidos en el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2012:448:oj#art-3

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