Art. 2

En vigor desde 12 jul 2012
Artículo 2 A los efectos de la presente Decisión, se entenderá por: 1)   «papel prensa»: el papel utilizado fundamentalmente para imprimir periódicos, fabricado con pasta o papel recuperado con un gramaje comprendido entre 40 y 65 g/m2; 2)   «fibras recuperadas»: fibras sustraídas del flujo de residuos durante un proceso de fabricación o generadas por los hogares o por las instalaciones comerciales, industriales e institucionales, en calidad de usuarias finales del producto, que ya no pueden emplearse para la finalidad prevista.
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eli:dec:2012:448:oj#art-2

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