Art. 2
En vigor desde 10 jul 2012
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación transmitida al Comité Mixto del EEE (*1) de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2012.
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