Art. 2
En vigor desde 28 mar 2012
Artículo 2
1. Se abonará un anticipo de 100 000 EUR en un plazo de 60 días tras la recepción de una solicitud de pago de Francia.
2. El saldo de la participación financiera de la Unión se abonará con la condición de que se presente a la Comisión un informe final de ejecución del programa en formato electrónico, a más tardar el 15 de marzo de 2013, y después de que la Comisión haya aprobado dicho informe.
Este informe incluirá, como mínimo:
a)
una evaluación técnica concisa de todo el programa, incluido el grado de consecución de los objetivos físicos y cualitativos. Dicha evaluación relacionará los objetivos establecidos en el programa inicial presentado por Francia con los resultados conseguidos, expresados en términos de resultados previstos y fases de realización del trabajo. Explicará los progresos llevados a cabo y determinará el impacto fitosanitario y económico inmediato de las medidas realizadas, y
b)
una declaración de los costes financieros que exponga los gastos previstos y reales desglosados por subprograma y medida. Esta declaración irá acompañada de los justificantes o pruebas del pago de los gastos mediante la documentación adecuada, como facturas o recibos.
3. Por lo que respecta al desglose presupuestario indicativo especificado en la parte B del anexo, Francia puede ajustar la financiación entre las diversas medidas dentro del mismo subprograma hasta un límite del 15 % de la participación financiera de la Unión a dicho subprograma, a condición de que no se supere el importe total de los costes subvencionables previstos en el programa ni se comprometan los principales objetivos del mismo.
Asimismo, Francia informará a la Comisión de cualquier ajuste que efectúe.
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