Art. 2
Aprobación de los programas modificados de vigilancia y erradicación de las encefalopatías espongiformes transmisibles presentado por Grecia
En vigor desde 9 mar 2012
Artículo 2
Aprobación de los programas modificados de vigilancia y erradicación de las encefalopatías espongiformes transmisibles presentado por Grecia
Los programas modificados de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles y de erradicación de la encefalopatía espongiforme bovina y la tembladera presentados por Grecia el 21 de diciembre de 2011 quedan aprobados para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.
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