Art. 28

En vigor desde 21 dic 2011
Artículo 28 1.   La Unión Europea concede una ayuda financiera al Centro de Investigación en Sanidad Animal, Valdeolmos, Madrid, España, para el seguimiento de la peste porcina africana. En el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, dicha ayuda financiera no excederá de 185 000 EUR. 2.   Además del importe máximo previsto en el apartado 1, la Unión concederá a dicho laboratorio para la organización de seminarios una ayuda financiera que no excederá de 40 000 EUR.
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