Art. 1

En vigor desde 21 dic 2011
Artículo 1 1.   La Unión Europea concede una ayuda financiera al Laboratoire d’études et de recherches sur la qualité des aliments et sur les procédés agroalimentaires (LERQAP), de la Agence nationale de sécurité sanitaire de l’alimentation, de l’environnement et du travail (ANSES), Maisons-Alfort, Francia, para la realización de análisis y pruebas en la leche y los productos lácteos. En el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, dicha ayuda financiera no excederá de 328 000 EUR. 2.   Además del importe máximo previsto en el apartado 1, la Unión concederá a dicho laboratorio para la organización de seminarios una ayuda financiera que no excederá de 23 000 EUR.
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