Art. 2

En vigor desde 19 dic 2011
Artículo 2 Queda rechazada la solicitud de exención del derecho antidumping ampliado presentada con arreglo al artículo 3 del Reglamento (CE) no 88/97 por la parte que se cita en el cuadro 2. Queda levantada la suspensión del pago del derecho antidumping ampliado con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 88/97 para la parte en cuestión a partir de la fecha que se indica en la columna «Fecha de efecto». Cuadro 2 Lista de las partes respecto a las cuales debe levantarse la suspensión Nombre Dirección País Suspensión con arreglo al Reglamento (CE) no 88/97 Fecha de efecto Código TARIC adicional Bikeworks AC GmbH Ernst-Abbe-Strasse 28, 52249 Eschweiler Alemania Artículo 5 11.6.2010 A980
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eli:dec:2011:876:oj#art-2

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