Art. 4

Revisión

En vigor desde 29 nov 2011
Artículo 4 Revisión La Comisión dispondrá de plazo hasta el 30 de septiembre de 2012 para revisar la presente Decisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2011:787:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil