Art. 4

En vigor desde 14 nov 2011
Artículo 4 El artículo 4 de la Decisión 2007/742/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 4 Los criterios ecológicos para la categoría de productos "bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas", así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de marzo de 2013.».
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eli:dec:2011:740:oj#art-4

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