Art. 15

Compromisos y transacciones

En vigor desde 13 oct 2011
Artículo 15 Compromisos y transacciones 1.   Las partes de procedimientos que propongan compromisos que respondan a las inquietudes manifestadas por la Comisión en su análisis preliminar de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) no 1/2003 podrán apelar al consejero auditor en cualquier momento del transcurso de los procedimientos conforme al artículo 9, con el fin de garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos procesales. 2.   Las partes de procedimientos en casos de cártel que inicien conversaciones con vistas a una transacción de conformidad con el artículo 10 bis del Reglamento (CE) no 773/2004 podrán apelar al consejero auditor en cualquier momento de los procedimientos de transacción con el fin de garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos procesales.
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eli:dec:2011:695:oj#art-15

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